¿SE DEBE APLICAR EL 155 EN CATALUÑA?

Desde hace ya mucho tiempo, se habla de aplicar el artículo 155 de la Constitución Española en Cataluña. Supongo que esto no coge por sorpresa a nadie. El Parlament de Cataluña ha iniciado un proceso que pretende finalizar con la ruptura con el Estado Español, algo que choca frontalmente con la legalidad vigente y con el principio de soberanía nacional residente en el pueblo español. Mucha gente habla de ese artículo y comenta su opinión al respecto sin tan siquiera haberlo leído. Por lo tanto, antes de entrar a valorar mi opinión al respecto creo necesario el poner los dos artículos que más peso tienen en este debate. Esos artículos son el número 2 y el propio 155. Ya que se ha puesto de moda el fingir no saber hablar español (como pudimos ver con la consejera de educación de la Generalitat, Clara Ponsatí, que afirmó tener "poca práctica con esto del español") también pondré los artículos en catalán, así nadie tendrá excusas para entenderlos.
El artículo 2 de la Constitución Española dice lo siguiente: "La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación Española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas". En catalán: "La Constitució es fonamenta en la indissoluble unitat de la Nació espanyola, pàtria comuna i indivisible de tots els espanyols, i reconeix i garanteix el dret a l’autonomia de les nacionalitats i de les regions que la integren i la solidaritat entre totes elles".
Evidentemente, este artículo no deja lugar a dudas o interpretaciones varias. Es tajante: La unidad de la Nación Española es indisoluble. Además, menciona el hecho de que España es la patria común e indivisible de todos los españoles. Este es el punto más importante. Se habla de la soberanía del pueblo español en su conjunto, no de cada una de las regiones que la conforman. Es decir, siguiendo este artículo, se podría realizar un referéndum acerca de la futura posición de Cataluña con respecto al resto del Estado, pero dicho referéndum (puesto que se trata de un aspecto que afecta a todos los españoles), debería ser a nivel nacional y organizado por el Gobierno central, no por uno autonómico. Pero este no es el artículo sobre el que más debate se ha generado, ese honor corresponde al 155. Lo que dice es lo siguiente:
"1.- Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general. 2.- Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas". En catalán: "1.- Si una Comunitat Autònoma no complia les obligacions que la Constitució o altres lleis li imposin, o actuava de forma que atemptés greument contra l’interès general d’Espanya, el Govern, previ requeriment fet al President de la Comunitat Autònoma i en el cas de no ser atès, amb l’aprovació per majoria absoluta del Senat, podrà adoptar les mesures necessàries per tal d’obligar-la al compliment forçós de les dites obligacions o per tal de protegir l’interès general esmentat. 2.- Per a l’execució de les mesures previstes a l’apartat anterior, el Govern podrà donar instruccions a totes les autoritats de les Comunitats Autònomes". 
Desde luego, el procés afecta, y mucho, al interés general de España. Eso no lo niegan ni los más acérrimos simpatizantes del mismo. Por lo tanto, sería legítimo por parte del Gobierno hacer uso de este artículo y tomar las riendas del Gobierno de Cataluña. Ahora bien, ¿sería está la acción más correcta?
Desde mi punto de vista, NO. Creo que aplicar el 155 debería ser la última de las medidas a tomar. En primer lugar, porque es lo que ellos quieren. En los últimos años ha quedado bastante claro que uno de los pilares de los independentistas es el victimismo. Sus argumentos siempre han tenido un componente victimista: "Espanya ens roba", "L'Espanya subsidiada viu a costa de la Catalunya productiva" y así podría estar hasta mañana. Eso sí, el 3 % también era en Madrid y los escándalos de las ITV también (noten la ironía). 
Y en segundo lugar, porque el objetivo no debe ser evitar la independencia inmediata (algunos, según parece, sólo quieren evitar que Cataluña se independice, sea como sea), sino solucionar el problema a largo plazo. Lo que quiero decir con esto es que, si aplicamos el artículo 155 en Cataluña, evitaremos una independencia formal (se podría usar la palabra "legal", aunque legal no sería en ningún caso), pero el sentimiento y las ansias de independencia seguirían vigentes en las mentes de todos los que buscan la desconexión, y de hecho, seguirían con más fuerza. Solo sería cuestión de tiempo que volviera a estallar el conflicto. El aplicar este artículo no sería solucionar el problema, sino aplazarlo. El objetivo debe ser dialogar, negociar y parlamentar de manera que todos los catalanes, y en especial los independentistas, entiendan que España no está contra ellos, que no les odiamos, que les queremos con nosotros porque les queremos y que los que de verdad les están robando son sus políticos y que están usando el procés como tapadera para ocultar sus chanchullos. El propósito que debería abordar el Gobierno (aunque para ello debería ser un Gobierno competente e inteligente, y no lo es), no es otro que el conseguir que los catalanes quieran formar parte del proyecto español, que se sientan españoles y que se sientan identificados con el resto de la sociedad española. Se equivocan si pretenden hacer que los catalanes se sientan españoles a la fuerza.
Un saludo,
Alberto.

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